GERENTES Y EJECUTIVOS (EB-1)
¿Es gerente o ejecutivo extranjero nacional de una corporación multinacional, o de una compañía extranjera con una oficina o una filial en Estados Unidos? ¿Tiene autorización para trabajar y vivir en Estados Unidos a través de su companía? O, ¿es su representante o agente de la oficina sede en Estados Unidos de la multinacional o companía, quién desea patrocinar a un gerente o ejecutivo extranjero nacional para vivir y trabajar en Estados Unidos?
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Si alguna de las descripciones anteriores aplica a su caso, debería entonces considerar la visa EB-1C para Inmigrantes y la Tarjeta Verde. Esta visa le permite a los extranjeros nacionales que ejercen funciones de ejecutivos o gerentes en entidades afiliadas a Estados Unidos en el exterior, la oportunidad de inmigrar a Estados Unidos sin mucha dificultad. Caso contrario en relación a las visas EB-3, porque son una sub-categoría de las visas EB-1, que implican un alto costo y un proceso tedioso a través del Departamento de Trabajo, y la obtención de la certificación laboral es un requisito primordial.
QUIEN ES ELEGIBLE?
Los ejecutivos o gerentes extranjeros nacionales que han sido contratados en el exterior en la misma firma o corporación a la patrocinada por la entidad en Estados Unidos, su filial, subsidiaria o casa matrix domiciliada en el extranjero, pudieran ser elegibles. Esto dependerá principalmente si han sido contratados en el extranjero en el mismo cargo como gerente o ejecutivo por lo menos un año en los últimos tres años antes de su entrada a Estados Unidos. El otro factor será la condición de la oficina/filial en Estados Unidos que desea contratarlos. Si la companía en Estados Unidos que los está patrocinando ha estado “ejerciendo el comercio” para fines de Inmigración Legal a Estados Unidos por lo menos por un año; como una entidad relacionada a la extranjera de la cual viene el trabajador, en este caso, el gerente o ejecutivo extranjero es probablemente elegible. Tome en cuenta que ejerciendo el comercio para efectos de Inmigración Legal a Estados Unidos significa: proveer bienes y/o servicios en nombre de un negocio legalmente establecido y NO INCLUYE solamente la mera presencia de un agente u oficina de la organización en referencia, en Estados Unidos o en el exterior. El otro criterio es que el empleador estadounidense tendrá que presentar una declaración afirmando que el extranjero nacional será también contratado como ejecutivo o gerente en Estados Unidos. Si está interesado(a) en solicitar esta visa o una similar, por favor revise el cuestionario de elegibilidad en el enlace siguiente basado en el empleo para tener una idea de si califica o no, visa eligibility quiz, available here.
Otras Opciones para Gerentes y Ejecutivos
Es importante considerar, y dependiendo de las circunstancias individuales de cada caso, de que existen otras opciones que pudieran ser más rápidas, menos costosas, y potencialmente mejor que las visas EB-1C para Gerentes y Ejecutivos. Las visas EB-1C son para Inmigrantes y las solicitudes para obtenerlas están sujetas a trámites de procesamiento mucho más largos, a altos niveles de escrutinio y son mucho más costosas que las visas similares para no inmigrantes. Algunas de estas visas para no inmigrantes, incluso le ofrecen al extranjero nacional una vía fácil para obtener la Tarjeta Verde y la Residencia Permanente en el futuro. Una desventaja de la categoría de visas EB-1C, es que el procesamiento premium no está disponible, por lo tanto, si el Gerente o Ejecutivo que el empleador desea patrocinar está en el exterior durante el trámite de la aplicación, el proceso de solicitud de la visa EB-1C pudiera tomar un período de tiempo bastante largo.
Por lo tanto, la L-1 que es en cierta manera la visa equivalente para no inmigrantes como la EB-1C que está diseñada para “transferencias dentro de la compañía” (realmente significa Ejecutivos y Gerentes o trabajadores con “conocimiento especializado”), pudiera ser una alternativa bastante atractiva. Especialmente si se considera la tarifa adicional requerida, ya que para esta visa usted puede solicitar el “Procesamiento Premium” de su aplicación y recibir la decisión en 15 días. En conclusión, el Ejecutivo o Gerente extranjero nacional que califique para obtener la visa EB-1C, puede entrar a Estados Unidos rápidamente bajo el estatus L-1, y luego solicitar el ajuste de estatus para la visa EB-1C mientras se encuentre en Estados Unidos. Puede hacerlo durante el tiempo que ha estado viviendo y trabajando con la visa L-1 y con estatus de No inmigrante mientras tranquilamente espera la decisión de la visa EB-1C- Tarjeta Verde elegible para obtener su estatus como inmigrante.
Sin embargo, al igual que la visa EB-1C, el trabajador debió haber sido empleado en el exterior de una entidad relacionada a aquella en en Estados Unidos, por lo menos durante 1 año continuo en el último año y típicamente ejerciendo una posición Ejecutiva o Gerencial (la cual tiene definiciones legales limitadas), a menos de que ellos puedan caracterizarlo(a) adecuadamente como trabajador con “conocimiento especializado.” Asimismo, al igual que la visa EB-1, los empleadores no tendrán que pasar por el proceso tedioso y costoso para obtener la Certificación del Departamento de Trabajo, antes de traer a sus empleados calificados para trabajar en Estados Unidos. Para mas información acerca de la visa L-1, por favor haga click en el enlace:
Otra alternativa para considerar en lugar de las visas EB-1C y L-1, para No Inmigrantes es la visa H-1B.
Esta Visa para No Inmigrante está disponible a trabajadores en “posiciones especializadas”, lo que realmente significa, es que dicha visa está disponible para trabajadores que tengan una licenciatura y/o estudios equivalentes. Esta Visa de No Inmigrante, así como la L-1, es única ya que permite a las personas elegibles, solicitar Visas para Inmigrantes (que a su vez permitan solicitar la Tarjeta Verde), sin ningún prejuicio. Esta visa pudiera ser una excelente opción para traer a un Ejecutivo o a un Gerente del extranjero para trabajar en su negocio, y con el mismo cargo, cuando de otra manera no cumpla con los criterios para la Visa EB-1C o la L-1. Por el contrario y como sucede con la L-1, existe una cuota al número de visas H-1B aprobadas (65,0000 anualmente), con 20,000 visas adicionales por encima de la cuota anterior, reservadas a extranjeros nacionales quienes hayan completado estudios de Maestría en Estados Unidos.
Un punto más a enfatizar, y desafortunadamente, a diferencia de la L-1 o la EB-1C, la visa H-1B requiere la aprobación y obtención de una Certificación del Departamento de Trabajo de Estados Unidos para la posición que el extranjero nacional está siendo contratado, y esto pudiera resultar en un proceso bastante costoso y muy largo. Sin embargo, si el extranjero nacional no está calificado para una L-1 porque no ha ejercido un cargo como ejecutivo o gerente (o en una posición de conocimiento especializado), para una entidad afiliada al empleador estadounidense que sea el patrocinador por lo menos 1 año de los últimos 3 años, la visa H-1B pudiera ser entonces la mejor opción disponible.
Siempre es importante considerar con respecto a la visa H-1B, si el extranjero nacional puede calificar para una visa de Inmigrante a través de la visa EB-2 (si posee un Título Universitario Avanzado) o la visa EB-3 (si tiene una licenciatura o el equivalente en el exterior). Sin embargo, y como es el caso para todas la Visas de Inmigrante, aún cuando sea elegible para cualquiera de estas dos visas, este proceso podría tomar más tiempo que el aplicar para la visa H-1B en primer lugar, y luego intentar las otras dos opciones; una vez que el trabajador esté viviendo y trabajando en Estados Unidos. Para más información acerca de la Visa H-1B, por favor haga click a continuación:
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Autorizado para litigar en los tribunales de inmigración en todo los Estados Unidos, el Sr. Litvak está licenciado en el estado de Nueva York y Nueva Jersey, y también puede comparecer ante los Tribunales de Apelación del 2º, 3º y 9º Circuito, los Tribunales de Distrito de los Estados Unido en los distritos Sur, Norte y Este de Nueva York, y el Tribunal Supremo de Nueva York. El Sr. Litvak se enorgullece de poder ayudar a clientes que no han podido obtener resultados satisfactorios en otros lugares. Su honestidad y compasión, combinadas con su experiencia y vasto conocimiento de la ley de inmigración lo convierten en un oponente formidable en los tribunales, con el resultado de una larga lista de clientes satisfechos y recomendaciones positivas.
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