SOLICITUD DE EXENCIÓN DE CAUSAL DE INADMISIBILIDAD

¿Está procurando una visa de inmigrante, ajuste de estatus o cierto estatus de no inmigrante pero no es admisible en los Estados Unidos? En tal caso, usted debe presentar ya sea el Formulario I-601 o el I-601a para solicitar una exención de ciertos causales de inadmisibilidad.

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Sobre Admisibilidad. Admisibilidad se refiere a la habilidad de una persona para ingresar y ser admitida legalmente en los Estados Unidos. Piense en cuando visitó por vacaciones un país extranjero (si es que tuvo la oportunidad). Generalmente, al llegar tiene que hablar con alguien en el aeropuerto/frontera para poder ingresar legalmente a ese país. Si actualmente está en los Estados Unidos, seguramente converso con alguien en el “Puerto de Entrada” (muy probablemente en el aeropuerto), y entonces fue “admitido” legalmente en los Estados Unidos. Aunque no lo crea, esta admisión no es automática, incluso portando una visa válida que se le haya emitido. Hay ciertas cosas que podrían hacer a una persona “inadmisible”, o inhabilitado para ingresar a los Estados Unidos.

Desafortunadamente, el concepto de Admisibilidad no solo se aplica a individuos que desean entrar en los Estados Unidos por primera vez. Si usted ya se encuentra en los Estados Unidos, y solicita cierto estatus diferente (por ejemplo digamos que está solicitando una Tarjeta Verde), entonces la ley lo tratara como si usted estuviera afuera de los Estados Unidos intentando ingresar una vez más. Del mismo modo, si usted está fuera de los Estados Unidos solicitando una visa en la Embajada de los Estados Unidos, ellos consideran su admisibilidad antes de emitir la visa que está solicitando. En resumen, cada vez que intente realizar un cambio grande en su Estatus Inmigratorio, ya sea solicitando una visa a los Estados Unidos desde el extranjero, ingresando a los Estados Unidos en el aeropuerto portando su visa, o solicitando cierto nuevo estatus mientras está en los Estados Unidos, se considerara su elegibilidad para entrar en los Estados Unidos y ser “admitido” legalmente.

Causal de Inadmisibilidad y Posibles Exenciones Disponibles. La Admisibilidad es un tema complejo, y hay ciertos factores que hacen a una persona inadmisible para cierto estatus, pero no para otro. De manera similar, si usted cree que por algún motivo sería inadmisible, puede que haya disponible para usted lo que se llama una “exención”, dependiendo de la razón por la que usted es inadmisible así como de sus circunstancias personales. Esta exención debe ser solicitada en adición a la solicitud de los beneficios inmigratorios que está buscando. Básicamente, si se le concede la exención, la misma cancela la razón especifica que los hubiera hecho inadmisible en los Estados Unidos. Bajo otras circunstancias, puede que también haya “excepciones” disponibles para que usted subsane factores que lo harían inadmisible. Tales excepciones significan que usted no necesitaría de una exención, debido a que es parte de un grupo de personas protegidas, por ciertos causales de inadmisibilidad.

¿Qué factores lo harían inadmisible? Bueno, la lista es bastante larga, pero ciertas enfermedades o problemas psiquiátricos lo podrían descalificar para su admisión. También, el hecho de haber cometido ciertos crímenes, tener sanciones penales múltiples, o si ha sido removido previamente de los Estados Unidos, o cometido ciertas violaciones inmigratorias, puede que sea inadmisible. También puede que se lo encuentre inadmisible, si abusa de las drogas o es adicto a ellas, si le falta ciertas vacunas, o si las autoridades perciben que puede que requiera asistencia pública en su estadía en los Estados Unidos. Una categoría común es el Fraude o Tergiversación con respecto a las Autoridades Inmigratorias en los Estados Unidos, y admisiones previas en los Estados Unidos y/o solicitudes previas para beneficios inmigratorios (como visas).

Inadmisibilidad debido a Presencia Ilegal. Uno de los causales de inadmisibilidad más comunes, es si usted hubiera contraído cierta cantidad de presencia ilegal estando en los Estados Unidos y subsiguientemente salió de los Estados Unidos. Esto significa que antes de salir de los Estados Unidos usted estuvo presente en el país por cierta cantidad de tiempo sin tener ningún estatus. Por ley, si estuvo en los Estados Unidos sin estatus por un periodo de más de 180 días (pero menos de 1 ano), y salió de los Estados Unidos, entonces, si intentara re-ingresar, normalmente sería inadmisible en los Estados Unidos por unos 3 años. Si usted está en los Estados Unidos sin estatus por una año o más, y sale del país, entonces, si intentara re-ingresar, normalmente sería inadmisible por unos 10 años. Si usted contrajo tal cantidad de presencia ilegal en los Estados Unidos, y actualmente está en el extranjero, por favor revise el párrafo más abajo entitulado “Procurar Exención de Presencia Ilegal desde el Extranjero”.

Si usted califica inmediatamente para una Tarjeta Verde, entonces normalmente, este causal de inadmisibilidad sólo le aplicaría si sale de los Estados Unidos e intenta reingresar después. Así, si usted califica inmediatamente para una Tarjeta Verde (digamos que es un Familiar Inmediato de un Ciudadano Estadounidense), y todavía se encuentra en los Estados Unidos, entonces NORMALMENTE este causal de inadmisibilidad no debería ser un problema para usted al intentar Ajustar su Estatus para tener una Tarjeta Verde. SIN EMBARGO, si todavía está en los Estados Unidos, siendo inmediatamente elegible para una Tarjeta Verde, este causal de inadmisibilidad debido a presencia ilegal todavia podria ser un problema para usted bajo circunstancias bien limitadas.

¿Cuando podrían ser un problema para usted? Generalmente, solo si su presencia ilegal se acumulo, no porque su I-94 haya expirado y se haya quedado más de lo debido, PERO más bien debido a que ingresó a los Estados Unidos sin inspección al principio. ¿Porque? Porque aun si usted califica inmediatamente para una Tarjeta Verde (digamos que es Familiar Inmediato de un Ciudadano Estadounidense), usted no califica para solicitar una Tarjeta Verde mediante un Ajuste de Estatus mientras esté en los Estados Unidos si es que no fue inspeccionado y admitido legalmente en el país en su último ingreso. Así, si su presencia ilegal es resultado de haber ingresado y vivido en los Estados Unidos sin haber sido inspeccionado y admitido, entonces estas barreras le aplican. Por tanto, para conseguir una Tarjeta Verde, tendrá que hacerlo desde el extranjero mediante un Proceso Consular, e intentar de superar estas barreras a su admisibilidad. Sin embargo, si usted se encuentra en esta situación, puede que sea un candidato para solicitar un Formulario I-601A, Solicitud de Exención Provisional por Presencia Ilegal, mientras todavía está en los Estados Unidos, si su presencia ilegal es su único causal de inadmisibilidad.

Si usted está en los Estados Unidos y no califica inmediatamente para una Tarjeta Verde, entonces estas barreras a la admisibilidad, tambien podrian ser un problema para usted. Porque? Si usted no es Familiar Inmediato de un Ciudadano Estadounidense (cónyuge, hijo soltero menor de 21 años, o padre), entonces es muy probable que no haya una Tarjeta Verde inmediatamente disponible para usted. Todas las demás Tarjetas Verdes basadas en la familia se retrasan por bastantes años. Así que, si su fecha de prioridad no es actual, entonces no podra solicitar una Tarjeta Verde desde los Estados Unidos, tendrá que solicitarla desde el extranjero, y así se encontrará con estas barreras de Presencia Ilegal. De manera similar, si usted tiene una oferta de empleo que califica para una Visa EB-2 o EB-3, pero su nacionalidad es una de las que se retrasan por años (como por ejemplo China o India); si su fecha de prioridad no es actual, entonces significa que no hay una Visa de Inmigrante inmediatamente disponible para usted. Así que, usted tampoco califica para conseguir una Tarjeta Verde desde los Estados Unidos, tendría que irse al extranjero y conseguirla a través de un Proceso Consular. También se encontraba con las barreras de Presencia Ilegal. Afortunadamente, si usted se encuentra en esta situación y califica, entonces quizás podría solicitar un Formulario I-601A, Solicitud de Exención Provisional por Presencia Ilegal, mientras esté en los Estados Unidos, si su presencia ilegal es su único causal de inadmisibilidad.

Buscando una Exención Provisional por Presencia Ilegal desde los Estados Unidos: Si usted es inadmisible debido a presencia ilegal, y no califica para conseguir una Tarjeta Verde mediante un Ajuste de Estatus desde los Estados Unidos, ya sea porque:

(1) ingreso a los Estados Unidos sin ser inspeccionado y admitido (se escabulló por la frontera); o,

(2) no hay una visa de inmigrante inmediatamente disponible para usted entonces esta es la sección de la página para usted.

Si usted está en esta situación, podría superar el causal de inadmisibilidad mientras está en los Estados Unidos, antes de irse al extranjero para su entrevista para una Tarjeta Verde en la Embajada o Consulado de los Estados Unidos en su país de origen. Si por esa vía se le concede una exención, no tendrá que preocuparse por ser inadmisible debido a su presencia ilegal. Sin embargo, para poder solicitar esta exención desde los Estados Unidos, su presencia ilegal debería ser su único causal de inadmisibilidad.

Para calificar para esta exención, usted también tiene que demostrar que la denegación de su admisión causara “dificultad extrema” a un familiar calificado. El familiar calificado para la exención debe ser un cónyuge o padre Ciudadano Estadounidense o Residente Permanente. Tampoco necesita ser el mismo pariente quien es base para su Petición para Tarjeta Verde. Tristemente, si su petición para Tarjeta Verde estaba basado en la categoría de familiares inmediatos de ser usted padre de un Hijo Ciudadano Estadounidense (un hijo soltero menor de 21 años), usted no puede calificar para esta exención de inadmisibilidad demostrando que la denegación de su admisión causara “dificultad extrema” a su hijo. Sin embargo, si usted tiene un cónyuge o padre Ciudadano Estadounidense o Residente Permanente, también podría calificar si demuestra que la denegación de su admisión les causara “dificultad extrema” a ellos. Sin embargo, si usted solamente tiene un hijo Ciudadano Estadounidense, y no tiene un cónyuge o padres Ciudadano Estadounidense o Residente Permanente, tristemente no tendrá suerte de ser objeto de estas barreras de 3 a 10 años de inadmisibilidad.

Asumiendo que usted tiene un familiar calificado (cónyuge o padre Ciudadano Estadounidense o Residente Permanente) para demostrar que le causaría dificultad extrema, entonces la dispensa que debe buscar se titula Exención Provisional por Presencia Ilegal y debería presentar un Formulario I-601A, Solicitud de Exención Provisional por Presencia Ilegal antes de salir de los Estados Unidos. Usted tendrá que demostrar que la denegación a su admisión causara “dificultad extrema” a un familiar calificado. Si se le concede la exención, es una buena señal, pero la aprobación de la exención es “provisional”.

Lo que significa que es un indulto preliminar a su causal de inadmisibilidad por presencia ilegal. Sin embargo, usted todavía tendrá que salir de los Estados Unidos después de que se le conceda la exención provisionalmente, para tener su entrevista para Visa de Inmigrante en la Embajada o Consulado de los Estados Unidos en su país de origen. Si el Funcionario Consular que conduce su entrevista en el extranjero, percibe que usted califica para una Tarjeta Verde, Y usted no tiene ningún otro causal de inadmisibilidad más que su presencia ilegal, entonces se le debería conceder formalmente la exención (lo que quiere decir que ya no será provisional). Sin embargo, si el Funcionario Consular percibe que usted tiene otros causales de inadmisibilidad, además de su presencia ilegal, entonces no califica para una exención I-601A. En vez, tendrá que buscar su exención mediante un Formulario I-601, Solicitud de Exención de Causal de Inadmisibilidad con el USCIS desde el extranjero (vea la sección de abajo). Para ver una lista completa de causales de inadmisibilidad, por favor revise el documento “Inadmisibilidad y Exenciones” disponible aquí.

Buscando una Exención por Presencia Ilegal desde el Extranjero. Si usted ya está en el extranjero y ha acumulado presencia ilegal en los Estados Unidos, entonces desafortunadamente usted no califica para una Exención Provisional por Presencia Ilegal. Asi que, tendra que presentar un Formulario I-601, Solicitud de Exención de Causal de Inadmisibilidad, el cual es una formulario general del USCIS para superar cualquier causal de inadmisibilidad. De igual modo, si no califico para una exención provisional por presencia ilegal debido a que tiene más de un causal de inadmisibilidad, entonces también tendrá que presentar un Formulario I-601 desde el extranjero. Sin embargo, un requisito para conseguir esta exención desde el extranjero, es después de haber tenido su entrevista para visa con un funcionario consular se lo haya encontrado inadmisible.

El otro requisito basado en su causal de inadmisibilidad por presencia ilegal (similar a la Exención Provisional por Presencia Ilegal), es de que usted tendrá que establecer que la negación de su admisión causara “dificultad extrema” a un familiar calificado. El familiar calificado para la exención, necesita ser un cónyuge o padre Ciudadano Estadounidense o Residente Permanente. Tampoco debe ser el mismo familiar que es base para su petición de una Tarjeta Verde. Tristemente, si su petición de una Tarjeta Verde estaba basada en la categoría de familiares inmediatos de usted siendo padre de un hijo Ciudadano Estadounidense (hijo soltero de 21 años), usted no puede calificar para esta exención de inadmisibilidad demostrando que le causa “dificultad extrema” a su hijo. Sin embargo, si tiene un cónyuge o padre Ciudadano Estadounidense o Residente Permanente, si podría calificar demostrando que la negación a su admisión le causaría “dificultad extrema” a ellos.

Exención Provisional por Presencia Ilegal. Desafortunadamente, quienes solicitan una Tarjeta Verde estando físicamente presente en los Estados Unidos, que de otro modo califican para una Tarjeta Verde, deben salir de los Estados Unidos para completar el proceso de solicitud de una Tarjeta Verde en el extranjero, en vez de mediante un Ajuste de Estatus estando en los Estados Unidos. Este es el caso de extranjeros que ingresaron originalmente a los Estados Unidos sin ser inspeccionados. O para inmigrantes que de otro modo no califican para un Ajuste de Estatus; quizás debido a que no tienen un Número de Visa de Inmigrante disponible para ellos y no tienen un Estatus Legal de No Inmigrante que les permita quedarse y vivir en los Estados Unidos, mientras esperan a que haya disponible un número de Visa de Inmigrante. Así que, este causal de inadmisibilidad puede surgirle a un extranjero, aun sin haber planeado salir de los Estados Unidos para solicitar una Tarjeta Verde. Afortunadamente, puede que haya una exención disponible para usted si es que se encuentra en esta situación. La exención que debería buscar se llama Exención Provisional por Presencia Ilegal.

Otras Exenciones comunes de Causales de Inadmisibilidad. En general, a menos que usted es, o haya sido un traficante de drogas, adicto o abusador, espía, Nazi, terrorista, o haya participado en genocidio, puede que haya una exención para su categoría de causal de inadmisibilidad.

Sin embargo, el hecho de que exista una exención, no significa de que usted califique para ella, incluso si cumple con los requisitos escritos para una exención no significa que se le concederá una. Muchas de las exenciones son opcionales durante el proceso de solicitud, lo que le puede dar un mayor probabilidad de que se le conceda la exención. Todas las exenciones tiene requisitos distintos y complicados para poder calificar, así que es importante considerar la asistencia de un abogado de inmigración experimentado para conseguir la exención de inadmisibilidad. Muchas de las exenciones disponibles están basadas en establecer el hecho de que un familiar calificado quien es Ciudadano Estadounidense o Residente Permanente sufrirá “dificultad extrema” si a usted se le niega la admisión a los Estados Unidos.

Desafortunadamente, las categorías de familiares que calificaron, diferirá en base al tipo de causal de inadmisibilidad que esté tratando de eximir. Por ejemplo, para algunos causales de inadmisibilidad, el establecer dificultad extrema a un hijo Ciudadano Estadounidense hará que califique para una exención, pero para otras solo podrá usar un padre Ciudadano Estadounidense y Residente Permanente para calificar. Otros causales de inadmisibilidad (como Inadmisibilidad criminal), no requerirán que se establezca dificultad extrema a un familiar calificado, pero en vez pueden ser obtenidas si se proporcionan otros hechos (como rehabilitación). Debido a la naturaleza complicada de estas dispensas, conseguir la ayuda de un abogado de inmigración experimentado sería de gran ayuda si se lo encuentra inadmisible. Afortunadamente, aquí en Zontlaw le podemos ayudar con esto. No dude en contactarnos para consultar sobre su inadmisibilidad!

Forma relacionada:  I-601, APPLICATION FOR WAIVER OF GROUNDS OF INADMISSIBILITY

Preguntas Frecuentes

¿Cuánto tiempo toma el proceso de una exención 601?

En términos de tiempos de proceso, el USCIS y el DOS coordinan muy de cerca para asegurarse que el periodo de aprobación de una solicitud de exención provisional por presencia ilegal este cerca al momento de la entrevista programada en el extranjero para una visa de inmigrante.

¿Cual es el costo de una exención I-601?

La tasa de presentación del USCIS es de $535 para la petición de un familiar inmediato. La tasa de presentación de una exención por “dificultad extrema” es de $930. La tasa de presentación para una Exención Provisional I-601A es de $715. No hay una tasa de presentación del USCIS para la petición de visa de cónyuge K-3.

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Julia Greenberg es una abogada exitosa y experta en inmigración con más de once años de experiencia. Su despacho ubicado en la isla de Manhattan, Nueva York, se encuentra pocos metros de las oficinas centrales de la USCIS en esa ciudad. La Sra. Greenberg pasa largas horas en las oficinas de la USCIS representando a muchos inmigrantes en complejísimos casos de inmigración.

La Sra. Greenberg se enorgullece de ofrecer su asistencia a los inmigrantes que no han tenido resultados satisfactorios con otros abogados de inmigración. Su honestidad y su compasión con los clientes, junto con su sobrada experiencia y conocimientos en la ley de inmigración, la convierten en una fuerza indetenible en los juzgados, lo que le ha ganado una nutrida lista de clientes satisfechos y muchas recomendaciones.

Julia, normalmente hace lobby en el Congreso de los Estados Unidos en asuntos legislativos para inmigración e invierte su tiempo libre participando en eventos locales y presentaciones donde responde las preguntas de la comunidad de inmigrantes en Nueva York.

La Sra. Greenberg tiene la capacidad legal de ejercer por ante los Juzgados del Segundo Circuito de Apelaciones de los distritos norte, sur y este de Nueva York, por ante la Corte suprema del Estado de Nueva York y por ante todos los juzgados de inmigración de los Estados Unidos. Ella es miembro del Colegio de Abogados de la Ciudad de Nueva York y de la Asociación Americana de Abogados de Inmigración (AILA según sus siglas en inglés) en donde es, de hecho, miembro pleno en el Capítulo Nueva York. La Sra. Greenberg, además, habla el ruso con fluidez.

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