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La visa de no inmigrante K-1 está destinada para la prometida(o) extranjera de un ciudadano estadounidense. Esta visa permite que la prometida(o) extranjera venga a los Estados Unidos con el propósito de casarse con el ciudadano estadounidense que la patrocinó. Para evitar procedimientos de expulsión, el matrimonio debe tener lugar dentro de los 90 días de la llegada de la prometida(o) a los Estados Unidos. Una vez que el matrimonio haya tenido lugar, el cónyuge extranjero puede solicitar ajuste de estatus a la de residente permanente (LPR). Debido a que la visa K-1 le permite a la prometida(o) extranjera venir a los Estados Unidos y casarse con su patrocinador poco después de llegar, el titular de la visa debe satisfacer algunos de los requisitos para obtener una visa de inmigrante. Las visas K-2 están disponibles para los hijos elegibles de los solicitantes de visa K-1.
¿QUIÉN CALIFICA?
Como se dijo anteriormente, debido a la naturaleza de una visa K-1, su titular debe satisfacer algunos de los requisitos de una visa de inmigrante. Para calificar para una visa K-1, usted debe:
- Tener una petición de un ciudadano estadounidense a nombre suyo
- Tener planeado casarse con su peticionario dentro de los 90 días de su llegada a los Estados Unidos.
- Estar libre para casarse debido a que todos y cada uno de los matrimonios anteriores se han terminado por anulación, divorcio o muerte. Su patrocinador también debe satisfacer este requisito.
- Haberse reunido con su patrocinador mínimo 1 vez dentro de los 2 años de presentar su petición, con sólo dos excepciones:
- Si la reunión requerida profanaría las costumbres austeras y antiguas de su práctica social o cultural, o
- Si su patrocinador puede mostrar que la reunión requerida lo colocaría a él o a ella en una dificultad indebida.
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ESCRITORIO JURÍDICO DE JULIA GRENBERG

Julia Greenberg es una abogada exitosa y experta en inmigración con más de once años de experiencia. Su despacho ubicado en la isla de Manhattan, Nueva York, se encuentra pocos metros de las oficinas centrales de la USCIS en esa ciudad. La Sra. Greenberg pasa largas horas en las oficinas de la USCIS representando a muchos inmigrantes en complejísimos casos de inmigración.
La Sra. Greenberg se enorgullece de ofrecer su asistencia a los inmigrantes que no han tenido resultados satisfactorios con otros abogados de inmigración. Su honestidad y su compasión con los clientes, junto con su sobrada experiencia y conocimientos en la ley de inmigración, la convierten en una fuerza indetenible en los juzgados, lo que le ha ganado una nutrida lista de clientes satisfechos y muchas recomendaciones.
Julia, normalmente hace lobby en el Congreso de los Estados Unidos en asuntos legislativos para inmigración e invierte su tiempo libre participando en eventos locales y presentaciones donde responde las preguntas de la comunidad de inmigrantes en Nueva York.
La Sra. Greenberg tiene la capacidad legal de ejercer por ante los Juzgados del Segundo Circuito de Apelaciones de los distritos norte, sur y este de Nueva York, por ante la Corte suprema del Estado de Nueva York y por ante todos los juzgados de inmigración de los Estados Unidos. Ella es miembro del Colegio de Abogados de la Ciudad de Nueva York y de la Asociación Americana de Abogados de Inmigración (AILA según sus siglas en inglés) en donde es, de hecho, miembro pleno en el Capítulo Nueva York. La Sra. Greenberg, además, habla el ruso con fluidez.
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