VISAS DE TRATADOS

Es usted emprendedor de negocios? Tiene el capital disponible y tiempo para invertir? Desea vivir y trabajar en Estados Unidos por algunos años y desarrollar un comercio?

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Si su respuesta es afirmativa, la siguiente clasificación de visas para no inmigrantes pudiera ser la opción adecuada para usted, asumiendo que desea expandir el comercio que ya tiene en el extranjero en Estados Unidos, o desea comenzar uno nuevo. Esto muy probablemente aplique a su caso en particular, si no tiene a su disposición inmediata los $500,000 dólares que se requieren para la obtención de una Tarjeta Verde basada en la Visa EB-5. Para más información sobre las diferentes opciones de visa posibles, por favor continúe leyendo a continuación. 

ACERCA DE LAS VISAS POR TRATADOS EN GENERAL:

La clasificación de Visas Por Tratados para no inmigrantes está diseñada para promover el comercio internacional entre países con los que Estados Unidos mantiene tratados internacionales. Por lo tanto, éstas visas son disponibles sólo para ciudadanos nacionales de esos países, sin embargo, puede existir la posibilidad de que su país esté en la lista ya que la lista es es bastante extensa. Es necesario enfatizar que dichas visas para no inmigrantes no ofrecen una vía directa para obtener la Tarjeta Verde.

Sin embargo, es también importante enfatizar que aún cuando se trata de visas para no inmigrantes, pero siempre y cuando usted continúe trabajando, mantenga su comercio y el mismo prospere, usted podrá permanecer y vivir en Estados Unidos casi indefinidamente. Simplemente debe tener la intención de salir de Estados Unidos una vez que su estatus se venza (el cual es renovable); o si por alguna otra razón, su estatus es revocado por las autoridades.  La otra ventaja de dichas visas es que le permiten también traer a su cónyuge (quien podrá trabajar casi que sin restricción alguna), a sus hijos(as) solteros(as) menores de 21 años (ellos(as) no podrán trabajar, pero si asistir a una institución académica), y a empleados para el desarrollo de su comercio.

Suena muy bien para ser cierto?

Pues es cierto, sin embargo, calificar para estas visas es un proceso complejo debido a los requerimientos de reporte anual de ingresos necesarios para conservar el estatus. En todo caso, obtener este tipo de visa y desarrollar su comercio exitosamente puede resultar en una tarea pesada.

Visa E-1 Comerciantes por Tratado

Antes de discutir los detalles de este tipo de visa, es importante asegurarse de que usted es ciudadano Nacional de un país enumerado en la lista como elegible para esta visa. La lista de nacionalidades elegibles está a continuación:

Argentina, Australia, Austria, Bélgica, Bolivia, Bosnia y Herzegovina, Brunei, Canadá, Chile, China (Taiwán), Colombia, Costa Rica, Croacia, Dinamarca (sin incluir Groenlandia), Estonia, Etiopía, Finlandia, Francia (incluidos los departamentos) de Martinica, Guadalupe, Guayana Francesa y Reunión), Alemania, Grecia, Honduras, Irán, Irlanda, Israel, Italia, Japón (incluyendo a las islas Bonin y Ryukyu), Jordania, Corea (sur), Kosovo, Letonia, Liberia, Luxemburgo , Macedonia (ex República Yugoslava de (RFY)), México, Montenegro, Países Bajos (incluidas Aruba y Antillas Neerlandesas), Noruega (excepto Svalbard, Spitsbergen y algunas otras islas menores), Omán, Pakistán, Paraguay, Filipinas, Polonia, Serbia , Singapur, Eslovenia, España, Surinam, Suecia, Suiza, Tailandia, Togo, Turquía, Reino Unido (sólo se aplica al territorio británico en Europa, las Islas Británicas, las Islas del Canal y Gibraltar; también los solicitantes deben ser nacionales del Reino Unido).

Si usted es ciudadano Nacional de alguno de estos países, ya tiene la suerte en sus manos!

Este el requisito básico para empezar. Ahora, entremos en detalles. Esta visa autoriza a los Nacionales de los países con tratados, el ingreso y residencia en Estados Unidos con la finalidad exclusiva de ejercer el “Comercio Internacional” para su beneficio (incluye también la posibilidad de traer ciertos empleados con usted). Ahora y si está pensando que su comercio no tiene relación con el envío, importación o exportación, usted puede estar tranquilo(a) y relajarse.

La definición de Comercio Internacional es sustancialmente más amplia a las industrias relacionadas con el “intercambio” para fines de esta visa. Adicionalmente, usted deberá empezar su comercio de intercambio antes de solicitar la visa, a través de la negociación exitosa de transacciones entre Estados Unidos, con personas naturales o jurídicas y su comercio  ejecutadas en el exterior y que lo relacionen con su país de origen y Estados Unidos a través del intercambio (los artículos de comercio no están limitados a la lista a continuación):

  • Bienes
  • Servicios
  • Banca Internacional
  • Seguros
  • Moneda 
  • Transporte
  • Comunicación
  • Proceso de Datos
  • Publicidad
  • Contabilidad
  • Diseño e Ingeniería
  • Asesoría de Gerencia
  • Turismo
  • Tecnología y su transferencia
  • Algunas actividades de recopilación de noticias

Como puede observar, la lista de lo que constituye comercio es bastante amplia y no se limita a las nociones tradicionales de importación y exportación de bienes. Por ejemplo, si tuvo una agencia de viajes en su país y ha realizado varias transacciones comerciales exitosas relacionadas con la venta de Paquetes de Viaje para visitar su país a personas en Estados Unidos, y lo llevó a cabo a través de agencias de viajes domiciliadas en Estados Unidos, entonces este tipo de transacción quizás pueda calificar para este tipo de visa.

Lo importante es que usted sea propietario de un comercio y que haya realizado (numerosas) transacciones exitosas antes de que presente cualquier solicitud. Sin embargo, existen desafortunadamente algunos requisitos adicionales:

  • El comercio debe ser “substancial”. Esto es menos complicado de lo que parece. No existe un requisito mínimo con respecto al valor monetario o el volumen de cada transacción. Si bien el valor monetario de las transacciones es un factor importante al considerar la calidad substancial, se da mayor peso a los intercambios más numerosos de mayor valor, pero tendrá que convencer a USCIS de que su comercio con Estados Unidos es “substancial”. Esto se puede lograr a través de la prueba de la ejecución de muchos contratos realizados durante el transcurso del tiempo- éste es el factor más importante y también deberá demostrar que las transacciones comerciales tuvieron un alto valor monetario o al menos que no fueron de poco valor. Digamos por ejemplo que posee un comercio pequeño. Las leyes de inmigración de Estados Unidos contemplan específicamente, que siempre y cuando el ingreso recibido por numerosas transacciones realizadas entre usted y Estados Unidos, las mismas deben representar suficiente dinero para cubrir sus necesidades y las de su familia, en este caso, esto sería una prueba favorable para satisfacer dicho requerimiento.
  • El comercio tiene que ser principalmente con Estados Unidos. Esto significa que más del 50% de su comercio, debe ser entre el país de su nacionalidad el cual mantiene el tratado con Estados Unidos. En otras palabras, para poder calificar, usted deberá realizar 51% de su comercio en general con contratos entre Estados Unidos y su país de origen, y 49% con el resto del mundo.

Si este es su caso, entonces ya puede satisfacer el requisito básico para calificar por la Visa E-1 Comerciante por Tratado Comercial.

Sin embargo es importante enfatizar varios detalles. Si usted ya es propietario de un comercio dentro de la lista de la industrias elegibles como “comercio” enumerada anteriormente, y lleva a cabo transacciones comerciales entre Estados Unidos y su país de origen, entonces ésta podrá ser la manera más fácil de obtener una visa.

Usted deberá hacer seguimiento e identificar todas esas transacciones comerciales, por lo que es de suma importancia que mantenga de una manera organizada y eficaz toda la información relevante para calificar para este tipo de visa.

Adicionalmente, si ya es propietario de un comercio, también pudiera considerar la visa L-1A (al final de la página hay un enlace para más información), y quizás esa visa se una opción más adecuada a sus objetivos dependiendo de sus circunstancias.

Si no es propietario de un comercio entre su país y Estados Unidos que este dentro de la categoría de industrias elegibles en la lista anterior, pero desea empezar un comercio nuevo, es importante mencionar algunos detalles. Usted pudiera desarrollar su comercio teniendo presente los requerimientos de esta visa, para la que podrá aplicar desde su país o desde Estados Unidos. Mantenga presente que en muchos casos, usted puede trasladarse a Estados Unidos para inicialmente negociar contratos con una visa B-1 para Visitantes de Comercio s, o incluso sin visa si su país está Exento de Visa. Lo cual pudiera ayudarle a emprender su comercio y obtener los contratos y transacciones comerciales necesarias y esenciales para poder calificar por el estatus E-1 eventualmente.

La obtención del estatus E-1 puede resultar en una vía difícil, pero también puede ser económicamente gratificante, y mucho más desde el punto de vista personal, a medida que su comercio vaya creciendo y se desarrolla. Esta área de las leyes de inmigración es sumamente compleja y la importancia de contratar abogados con experiencia para asesorarlo(a), debe ser considerado muy seriamente. Si finalmente califica para la visa E-1, recibirá el estatus que inicialmente durará dos años, pero podrá renovarlo siempre y cuando mantenga su comercio, y su elegibilidad personal y la de su comercio. Generalmente, es posible que pueda renovar su estatus automáticamente por dos años con simplemente viajar al exterior mientras su estatus E-1 es válido.

No está seguro(a) si la Visa E-1 Comerciante por Tratado Comercial es la visa adecuada para usted? Por favor lea a continuación sobre la Visa E-2.

Visas para Inversionistas por Tratado (E-2)

De la misma manera que hicimos con la Visa E-1, antes de discutir los detalles de este tipo de visa, es importante asegurarnos de que usted es ciudadano Nacional de un país dentro de la lista de países elegibles para calificar. Por favor revise la lista cuidadosamente, ya que la lista difiere un poco de la lista anterior para aquellas personas que califican para la Visa E-1.

La lista de las nacionalidades elegibles sigue a continuación:

Albania, Argentina, Armenia, Australia, Austria, Azerbaiyán, Bahréin, Bangladesh, Bélgica, Bolivia, Bosnia y Herzegovina, Bulgaria, Camerún, Canadá, Chile, China (Taiwán), Colombia, Congo (Brazzaville), Congo (Kinshasa), Costa Rica, Croacia, República Checa, Dinamarca, Ecuador, Egipto, Estonia, Etiopía, Finlandia, Francia (incluidos los departamentos de Martinica, Guadalupe, Guayana Francesa y Reunión), Georgia, Alemania, Granada, Honduras, Irán, Irlanda, Italia, Jamaica , Japón (incluidas las islas Bonin y Ryukyu), Jordania, Kazajistán, Corea (sur), Kosovo, Kirguistán, Letonia, Liberia, Lituania, Luxemburgo, Macedonia (ex República Yugoslava de (RFY)), México, Moldavia, Mongolia , Montenegro, Marruecos, Países Bajos (incluidas Aruba y Antillas Neerlandesas), Noruega (excepto Svalbard, Spitsbergen y algunas otras islas menores), Omán, Pakistán, Panamá, Paraguay, Filipinas, Polonia, Rumania, Serbia, Senegal, Singapur, República Eslovaca, Eslovenia, España, Sri Lanka, Surinam, Sweden, Suiza, Tailandia, Togo, Trinidad y Tobago, Túnez, Turquía, Ucrania, Reino Unido (solo se aplica al territorio británico en Europa, las Islas Británicas, las Islas del Canal y Gibraltar; también los solicitantes deben ser nacionales del Reino Unido).

Si es ciudadano Nacional de unos de esos países, tiene la suerte en sus manos!

Este es el requisito básico para calificar. Ahora sigamos con más detalles… Este tipo de visa califica a los ciudadanos Nacionales de países que son parte del tratado para ingresar y vivir en Estados Unidos con la única finalidad de desarrollar o dirigir un comercio en Estados Unidos que el Nacional ya posee, o para el cual esta en proceso de invertir una “cantidad substancial de capital”. Dicha cantidad substancial de capital no es una cantidad fija de capital, pero requiere que el Nacional invierta y arriesgue una cantidad significativa de dinero con la finalidad de promover la probabilidad de que el comercio sea exitoso.

La cantidad de dinero requerida para invertir varia dependiendo del tamaño, ubicación, y otros factores relevantes al comercio (los cuales pueden ser un nuevo comercio , o un comercio  preexistente). Sin embargo, y en todos los casos, la cantidad de dinero que el inversionista por tratado invierta, debería ser de tal magnitud que tenga la capacidad para promover la probabilidad de que el comercio resulte exitoso.

Asimismo, la cantidad de dinero debería asegurarle a USCIS que el inversionista por tratado está económicamente comprometido a que el manejo de su comercio será exitoso. En todos los casos, la cantidad de dinero invertida deberá ser considerada como una inversión substancial en relación al costo total de la compra de un comercio ya establecido o la creación de uno nuevo.

En relación al último punto, el comercio  que el inversionista por tratado desea establecer, apoyar o adquirir, podrá ser cualquier transacción comercial legal con fines de lucro relacionado con bienes o servicios; siempre y cuando no sea “marginal”.

Cumplir con el requisito de que el comercio no sea “marginal”, significa que el comercio  debe tener la capacidad actual o en el futuro para generar suficientes ingresos que le proporcionen al inversionista por tratado un salario mínimo para su manutención personal y la de su familia. En algunos casos no se requiere que el comercio tenga la capacidad en el momento, pero si que tenga la capacidad de generar tales ingresos dentro de los 5 años que transcurran contados a partir del momento en el que inversionista por tratado calificó por la Visa E-2.

Uno de los requisitos que mencionamos brevemente arriba, es que el nacional extranjero debe entrar a Estados Unidos “con la finalidad exclusiva de desarrollar y dirigir” el comercio . Esto se demuestra bien sea, a través de (1) presentado evidencia de que el extranjero es propietario de al menos 50% del comercio; o (2) que tiene posesión del control operacional a través de una posición de gerencia u “otros dispositivos corporativos”. Aún cuando existen otros requisitos dependiendo de la estructura del comercio en particular, este segundo aspecto es lo que efectivamente le permite a los empleados extranjeros (contratados por Inversionista principal por Tratado), entrar a Estados Unidos como empleados.

Si un empleado del Inversionista por Tratado ingresa a Estados Unidos con el estatus E-2, ellos generalmente deberán ser contratados por el Inversionista por Tratado quien ya se encuentra presente en Estados Unidos con ese estatus, o está en el extranjero pero ya cumple con los requisitos para obtener dicho estatus, si llegara a solicitarlo. Asimismo, los empleados generalmente necesitan ser contratados en posiciones como supervisores o ejecutivos para poder ser elegibles al Estatus E-2, o deben tener cualidades especiales que los hagan “esenciales” para la operación eficiente del comercio.

Por lo tanto, y de acuerdo a los puntos que ya hemos explicado brevemente con respecto a la Visa E-2 Inversionista por Tratado, esperamos que pueda ver que es una visa flexible. Esta visa pudiera ayudarlo a obtener una muy buena manera de vivir y trabajar en Estados Unidos, si usted tiene un espíritu ambicioso y emprendedor, y cuenta con el capital suficiente para emprender y dirigir un nuevo comercio; o desea adquirir y dirigir un comercio ya existente.

La obtención del estatus E-1 puede resultar en una vía difícil, pero también puede ser económicamente gratificante, y mucho más desde el punto de vista personal, a medida que su comercio  va creciendo y se desarrolla. Esta area de las leyes de inmigración es sumamente compleja y la importancia de contratar abogados con experiencia para asesorarlo(a), debe ser considerado muy seriamente. Si finalmente califica para la visa E-1, recibirá el estatus que inicialmente dura dos años, pero podrá renovarlos siempre y cuando mantenga su comercio, y su elegibilidad personal y la de su comercio . Generalmente, es posible que pueda renovar su estatus automáticamente por dos años con simplemente viajar al exterior mientras su estatus E-1 es válido.

Visa L-1A

Como lo discutimos anteriormente en relación a la Visa E-1, si ya es propietario de un comercio existente en su país de origen y está buscando la manera de expandir sus operaciones en Estados Unidos, debería considerar la Visa L-1A y no el tipo de Visa E.

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Con más de una década de experiencia, Igor Litvak se ha ganado la reputación de ser un abogado de gran éxito, especializado en inmigración. Desde el 2012, ha representado a innumerables clientes corporativos e individuales en asuntos complejos que van desde la deportación hasta el asilo, las peticiones familiares, de negocios, de inversores y los casos basados en el empleo.

Autorizado para litigar en los tribunales de inmigración en todo los Estados Unidos, el Sr. Litvak está licenciado en el estado de Nueva York y Nueva Jersey, y también puede comparecer ante los Tribunales de Apelación del 2º, 3º y 9º Circuito, los Tribunales de Distrito de los Estados Unido en los distritos Sur, Norte y Este de Nueva York, y el Tribunal Supremo de Nueva York. El Sr. Litvak se enorgullece de poder ayudar a clientes que no han podido obtener resultados satisfactorios en otros lugares. Su honestidad y compasión, combinadas con su experiencia y vasto conocimiento de la ley de inmigración lo convierten en un oponente formidable en los tribunales, con el resultado de una larga lista de clientes satisfechos y recomendaciones positivas.

Fuera de los tribunales, el Sr. Litvak suele dedicar su tiempo libre a participar en eventos locales y a su familia. El Sr. Litvak vive en Brooklyn, Nueva York. Nació en Vorkuta, Federación Rusa, una pequeño pueblo situado al norte del Círculo Polar Ártico, y vivió allí hasta que llegó a Estados Unidos a los 14 años; domina bien el ruso. Desde muy joven tenía un profundo sentido de justicia y el deseo de defender a los demás, por lo que convertirse en abogado fue natural, realizar el sueño de toda su vida.

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Джума Мыратгелдиев
Джума Мыратгелдиев
2023-05-31
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Ninjacool
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2023-05-22
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Nida Kumar
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Jekaterina Shapovalova
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2023-04-10
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